Lic. Ana María Talak, Lic. Julio César Ríos
Institución: Programa de Estudios históricos de la Psicología en la Argentina.
Instituto de Investigaciones. Facultad de Psicología. Universidad de Buenos Aires. CONICET.
Dirección: Independencia 3065 3er piso. Ciudad de Buenos Aires (1225). Argentina.
TELEFAX: 54-11-4-957-5888
Ana María Talak es Lic. En Filosofía, Lic. En Psicología y Profesora de Filosofía, Psicología y Pedagogía. Trabaja como docente en la cátedra de Historia de la Psicología, de Vezzetti (Fac. de Psicología. UBA). Es Doctoranda en la Facultad de Filosofía y Letras (UBA) en el área de Historia de la psicología en la Argentina y tiene una Beca de Perfeccioamiento, otorgada por el CONICET.
Julio César Ríos es Lic. En Psicología. Es Jefe de Trabajos Prácticos en la cátedra de Historia de la Psicología, de Vezzetti (Facultad de Psicología. UBA). Se encuentra finalizando una Beca de Perfeccionamiento otorgada por UBACYT en el área de Historia de la psicología en la Argentina.
Resumen:
El principal objetivo del trabajo es analizar las categorías conceptuales utilizadas en los primeros estudios psicológicos en la Argentina (1900-1910) que abordan la problemática de la “criminología infantil”, en el cruce entre diferentes disciplinas que, desde fines del siglo XIX, han comenzado a ocuparse del niño, al tomar al individuo desde una perspectiva evolutiva: la psicología evolutiva y la psicopedagogía, la psicopatología, la criminología. Dos criterios básicos, más generales, propios de los nuevos planteos en criminología, aparecen también en el tratamiento del “niño delincuente”: 1.La concepción del delito como fenómeno patológico de carácter individual y social, y, por lo tanto, la definición de la nueva criminología como el estudio de la psicopatología del delincuente. 2.La definición de toda intervención posible (prevención y tratamiento) como una práctica esencialmente pedagógica, que debe ser complementada, además, con una legislación y políticas sociales que apunten a evitar ciertas condiciones de vida marginal.
En el tratamiento más específico del “niño delincuente”, se conciben diversas formas de desviación con respecto a lo normal, las cuales reciben distintos nombres y tratamientos según el ámbito en la que se plantea: la indisciplina como desviación en el ámbito escolar, que se ocupa del “niño-alumno” (Mercante, Senet) y la delincuencia infantil como desviación legal, que toma al niño como “menor” (Dorado, Ingenieros). Ambas formas de desviaciones son consideradas como formas mórbidas, respecto de cierta normalidad construida a partir de un desarrollo adaptativo al ámbito escolar, que excluye en la construcción de la norma los niños no escolarizados y los mide disminuidamente a partir de ella.
Abstract:
The main objective of the paper is to examine the conceptual cathegories used in the first psychological studies in Argentina (1900-1910), which deal with the problematic of “child criminology”. It is analyzed how a specific field of problems in the crossing of different disciplines emerges, disciplines that have begun to deal with the child, when they began to see the human being form an evolutionary perspective: evolutionary psychology and psychopedagogy, psycopatholgy, and criminology. There are two general criteria in the treatment of the “delinquent child”, which belong to the new thesis in criminology: 1. The conception of the crime as an individual or social pathological phenomenon, and, so on, the definition of the new criminology as the estudie of the criminal’s psychopathology. 2. The definition of all possible intervention (prevention and treatment) as an essentially pedagogical practice, which has to be complemented with legislation and social policies pointing out to avoid certain conditions of marginal life.
In a more specific treatment of the “delinquent child”, we note a conception of various types of deviation from the normal, which receive different names and treaments depending on the places where they are formulated: the indiscipline as deviation in the school, which deals with the “pupil-child” (Mercante, Senet), and child and juvenile deliquency as legal deviation, which deals with the child as “minor” (Dorado, Ingenieros). Both types of deviations are considered as morbid forms, from certain normality constructed from an adaptative devolepment in the school.
Introducción.
A principios de siglo en la Argentina se constituyó un campo de discursos sobre "criminología infantil" conformado en el cruce de varias disciplinas: la psicología evolutiva y la psicopedagogía, la psicopatología, la criminología. Este cuerpo discursivo, con inserción académica e institucional, logró un relativo consenso alrededor de principios teóricos de raíz naturalista y cientificista, al delimitar esta problemática[2] y esbozar prácticas de intervención correccional y preventiva. No obstante, estos enfoques no siempre son homogéneos entre sí. Sus planteos se sostienen desde diversos campos de prácticas, tales como el campo educativo, el campo legal-correccional y el campo médico, que inciden en la forma de visualizar y comprender los problemas más específicos de la niñez desamparada y marginada. Este trabajo tiene como objetivo analizar este campo de cruces discursivos en relación a la problemática de la criminología infantil, destacando el lugar de los discursos psicológicos en estas articulaciones teóricas y su uso en los diversos campos de prácticas desde los cuales se intenta intervenir. Nos interesó indagar esta categoría del “niño delincuente” por dos razones. La primera es de carácter histórico, ya que revela el cruce particular entre una psicología evolutiva centrada en el niño escolar, que incluye dentro de sí el estudio del desarrollo anormal, y una perspectiva psicopatológica de la criminología, que comprende dentro del marco naturalista determinista, los fenómenos delictivos. La segunda razón, de implicancia actual, tiene que ver con los debates contemporáneos sobre los problemas de la delincuencia infantil y juvenil en América Latina. Consideramos que esta referencia histórica puede complementar otros aspectos trabajados por los especialistas.
En la Argentina de fin de siglo XIX y principios del siglo XX, una vez lograda la organización institucional del Estado, se plantea como problema el logro de la integración social en un contexto de crisis política -revolución del '90- del modelo de Paz y Administración del primer gobierno de Roca (1880-1886). Este modelo de la república verdadera (Botana y Gallo 1997) generó un rápido proceso de modernización y crecimiento demográfico de la sociedad civil aluvial (Romero 1965) y trajo una serie de consecuencias en relación con la composición social y moral, fundamentalmente, de la inmigración europea meridional. En este sentido, en el segundo gobierno del presidente Roca (1898-1904) se afianza una política de centralización institucional estatal que apunta a un doble objetivo: por un lado, consolidar un proyecto de apertura hacia fuera, en procura de una inserción definitiva dentro de un conjunto de naciones civilizadas, y por el otro, a través de una mirada interna, lograr una homogeneización geopolítica de toda la Nación en pos de un repertorio consensuado de emblemas culturales, costumbres sociales e ideologías nacionales que marcaron el desarrollo de la Nación.
En ese sentido, las expresiones científicas y ensayísticas del pensamiento positivista[3] intentaron articular una interpretación de esta realidad social nacional a través de la acción concreta en las instituciones públicas y estatales: educativas, jurídicas, sanitarias y militares (Terán 1987). En ese contexto de ideas positivistas y de consolidación del Estado moderno argentino se sitúa la emergencia de los primeros estudios psicológicos en Argentina (Vezzetti 1988, 1996), que reflejan no solamente la expresión de los marcos teóricos, naturalistas, experimentales o clínicos del campo psicológico europeo, sino que tienen su razón de ser en los problemas de este contexto señalado: una masa social en proceso de integración; cierto bienestar económico, aunque no equitativamente distribuido, producto de la economia agroexportadora favorecida por la coyuntura mundial; efectos no deseados del proceso de modernización, así como obstáculos para que ese proyecto pudiera realizarse según el modelo europeo. Estos obstáculos y efectos no deseados son interpretados, desde un discurso biologicista y medicalizado, como expresiones de patologías sociales e individuales. Estas patologías, como por ejemplo la delincuencia, exigirán una intervención racional para reestablecer desviaciones o favorecer el desarrollo esperado tanto del individuo como de la sociedad.
El surgimiento del problema: el "niño delincuente".
Uno de los dominios de estos primeros estudios de psicología se aboca a la investigación del niño, de sus aptitudes, de los aspectos evolutivos normales y anormales. Este enfoque de la psicología se apropia del marco evolutivo naturalista de las ciencias naturales, en su búsqueda de un reconocimiento de su estatus científico, dentro de la división del trabajo intelectual legitimado. Víctor Mercante y Rodolfo Senet, dentro del campo educativo, son los autores más destacados de estas primeras investigaciones centradas en el niño-alumno, llamadas indistintamente como “psicología del niño”, “psicopedagogía” o “psicología educativa”[4]. Nos llamó la atención que en los textos de estas investigaciones psicopedagógicas aparece la figura del “niño delincuente”, a la vez que, en algunos trabajos sobre criminología de la época aparece también abordado el problema de la “delincuencia precoz” o “delincuencia infantil” a través de la figura del “menor”, como por ejemplo en trabajos de José Ingenieros, médico abocado a los problemas de la psicología y la criminología, y Pedro Dorado, especialista en derecho penal. Por otra parte, es interesante destacar que en el ámbito de los estudios legales, las primeras tesis doctorales sobre delincuencia infantil son de 1900 y 1901, "Breve estudio sobre menores delincuentes y escuela correccional" de Pedro Meléndez[5] y "Minoridad delincuente" de Manuel de Sautu Riestra, respectivamente, las cuales muestran que se inicia un interés hacia esta temática. Esta primera década de nuestro siglo, por otra parte, resulta ser un período exploratorio donde se ensayan diversas intervenciones concretas sobre el problema al mismo tiempo que se revisan las categorias interpretativas que van cobrando forma en los intentos de explicación del problema. Es recién desde finales del siglo XIX que la llamada nueva escuela antropológica italiana ( Ferri, Carrara, ) que comparte algunos nuevos planteos de la escuela criminológica francesa (Tarde) que se abordan los problemas de "la crimininología infantil"[6]. Esto muestra que estos primeros tanteos realizados en nuestro país se corresponden aproximadamente con los primeros abordajes de esta problemática a nivel internacional hasta el Congreso de Turín de 1911, en la cual se inicia una nueva orientación -ahora mejor definida- en los estudios de criminología infantil.
Ante todo, la concepción del niño desde estas matrices se aleja de la figura tradicional del niño: inocente, ángel, libre de pecados. En el marco de la ley biogenética fundamental haeckeliana, según la cual el desarrollo del individuo recapitula las etapas del desarrollo de la propia especie, adquiere la categoría de “evidencia” que el niño contenga manifestaciones de violencia de la personalidad primitiva y poco desarrollada del hombre en su adaptación al medio. Constituye una analogía entre el período infantil de la humanidad y las etapas infantiles del futuro adulto.
“Filogenéticamente consideradas las tendencias criminosas le son naturales como eran naturales en el hombre primitivo ... El niño no nace un dechado de bondades, por el contrario, la germinación delictuosa es mucho más activa y variada que en el adulto.” (Mercante 1902a:34)
En armonía con la matriz evolucionista del darwinismo social, en donde herencia y adaptación al medio son indisolubles en la ecuación evolutiva resultante, los criterios de adaptación estarán regidos por la normativa legal y moral que las sociedades occidentales establezcan. Esta normativa se cristaliza en la legislación que demarca taxativamente las conductas delictivas (asociadas a las formas de violencia y depojo de la mentalidad primitiva) y las diferencias con respecto a otras formas de indisciplinas, producto de las dificultades en el aprendizaje adaptativo del individuo en sus primeras etapas de vida social. Ambas formas de desviaciones tendrán sin embargo intervenciones y espacios de tratamientos distintos.
. La desviación como indisciplina en el ámbito escolar.
"Lo normal" en el ámbito escolar queda definido como "la norma de desempeño esperable para la etapa evolutiva en la que se encuentra el niño". Pero esta norma encierra, paradójicamente y en forma oculta, una descripción estadística y una valoración ideal[7], a partir de la cual lo que se aleja de ella significativamente es catalogado como "anormal". La "norma" pretende apoyarse en una norma natural, definida por la propia evolución. Esto conlleva a que ciertas carencias con respecto al estado adulto sean “toleradas” como normales. Sin embargo, esta norma supuestamente natural encierra un ideal, el ideal educativo propio del ámbito escolar. La adaptación al medio es la adaptación al medio escolar, con sus propias normas de disciplina y hábitos, normas que, no obstante, dentro de una concepción naturalista y laica, dicen apoyarse en los conocimientos científicos sobre la evolución natural del individuo. Esto muestra el carácter circular de la argumentación. La ausencia de una tematización de las características propias de de este ámbito, la creencia en la posibilidad de una descripción neutra y objetiva de la realidad traducida en la norma, medida de lo normal, conduce a ver como naturales las características específicas del medio escolar, y sus exigencias de adaptación como universales. Y como la escuela, en cuanto proyecto moderno, encarna los ideales de racionalidad propios de la cultura occidental adulta, la definición de la norma y lo normal en el niño-alumno queda enraizada en un ideal propio de la etapa adulta de una determinada cultura. Así, la indisciplina se plantea como un problema de intervención sobre la desviación con respecto a la norma, como un problema de intervención sobre lo anormal. De esta forma no se ve la contradicción entre postular como conocimiento natural las tendencias violentas en la evolución individual del niño (que reproduciría etapas más primitivas de la evolución de la humanidad) y concebir la indisciplina como algo anormal. Las líneas de intervención se buscarán inconfundiblemente en la acción educadora, en el ámbito de la práctica escolar.
Estas ideas aparecen clara y definidamente articuladas en el Prefacio de los Elementos de Psicología Infantil de Rodolfo Senet (1911). Una educación completa no puede centrarse según Senet, sólo en la educación intelectual. Además de ésta y de la educación física, que viene siendo objeto de interés ya en los años anteriores (Piñero 1902), la educación de los sentimientos es destacada como uno de los factores más importantes de la educación en general. ¿En qué reside su importancia? En que de ella depende la educación moral, el aprendizaje de de lo que es bueno y malo, la formación de los hábitos en el actuar correcto, y el gusto por determinada forma de vida, para que la inclinación fortalezca el hábito. Los aportes de las ciencias naturales, según Senet, si bien numerosos y valiosos con respecto a los otros tipos de educación, han sido exiguos y descuidados con respecto a la educación de los sentimientos. Estos estudios podrían fundar "un criterio preciso acerca de las faltas y de su inmediata o mediata corrección" (Senet 1911:123). El problema de la indisciplina escolar es formulado en estrecha conexión con el problema de la criminalidad infantil a partir de una matriz común desde la cual ambos son derivados: los estados patológicos. "Una falta, en la gran mayoría de los casos, es la exteriorización de un estado patológico que puede pasar perfectamente inadvertido mientras se juzgue la falta aisladamente, sin inquirir el origen, y este origen debe conocerse a los efectos de la aplicación de los medios correctivos" (Senet 1911:124). Al mismo tiempo, la pedagogía queda articulada no sólo con la psicología evolutiva y la psicofisiología tal como se viene formulando desde los primeros textos sobre psicología en nuestro país, sino también con la psicopatología y la criminología. "Los exámenes practicados (...) constatan que el 50% de los niños indisciplinados, viciosos o delincuentes, son degenerados más o menos típicos, para los cuales se hace necesaria una educación racional adecuada, es decir, no pueden quedar librados a los medios educativos empleados con los normales" (p.123). Por otra parte, no todos los niños indisciplinados, viciosos o delincuentes entran dentro de los cuadros ya reconocidos, pero responden a otro tipo de patología que, según Senet, es necesario investigar para fundamentar una correcta intervención pedagógica, así como la antropología y la psicopatología tanto han aportado al estudio de la criminalidad.
"La eficacia de la educación como medio de desviar y aun neutralizar taras patológicas, cargadas, así como para contrarrestar una adaptación social perniciosa (...) está perfectamente comprobada" (124). Si la falta de disciplina expresa un estado patológico, debe ser considerado sólo como un síntoma, no como el problema en sí. Y así como en las enfermedades orgánicas se debe conocer la etiología del estado patológico para intentar la curación atacando la causa y no el síntoma, la educación de los sentimientos basada en conocimientos científicos permitiría intervenir pedagógicamente en forma diferenciada de una forma más eficaz, como medio de corregir la desviación con respecto a lo normal. "Los estudios sobre la educación de los sentimientos del niño, mientras no se funden en el conocimiento de la psicología normal y patológica, adolecerán siempre de los inconvenientes y errores inherentes a las teorizaciones o especulaciones puras. No se podrá corregir a un niño racionalmente, es decir, no se podrá establecer su cura psíquica, hasta que no se conozca la etiología de su conducta" (p.126).
. La desviación como delito legal.
La definición de la norma desde los criterios jurídicos también pretende en esta época apoyarse en un conocimiento positivo, neutro, científico, de lo social, que se identifica a la vez con lo normal. Por lo tanto, en este contexto, la consideración del delito como fenómeno mórbido, constituye su consecuencia lógica aproblematizada. Lo que constituye un problema, en cambio, es la forma de articular en un sistema interpretativo coherente el determinismo y la responsabilidad, la acción de la herencia y la del medio, y la intervención necesaria sobre la desviación legal (pena o rehabilitación) y sobre su prevención.
Dos artículos de 1902, uno de José Ingenieros y otro de Pedro Dorado, publicados en el primer tomo de los Archivos de criminología, psiquiatría y ciencias afines, configuran las categorías básicas de esta interpretación y muestran algunos problemas que ella debe afrontar. Es en este marco que deben entenderse las posturas sobre criminología infantil que, en estos primeros años, sólo encontramos en dos autores argentinos: Víctor Mercante y José Ingenieros.
Ingenieros (1902:1) define el objeto de la moderna criminología como “el estudio científico del delito, considerado objetivamente como fenómeno mórbido de la actividad del individuo social”. Desde la concepción positiva del derecho, que pretende seguir las reglas del método científico, la mirada debe dirigirse del delito hacia el delincuente, así como en la medicina no se centra en la enfermedad sino en el enfermo. Esto exige abandonar las perspectiva de lo que él llama la criminología clásica, que se ocupa del delito como una entidad abstracta y piensa las penas proporcionalmente a la gravedad de las efectos, independientemente de las causas determinante y suponiendo siempre el libre albedrío. La nueva criminología que Ingenieros propone se despliega a través de tres campos de estudio que suponen perspectivas complementarias:
. la etiología criminal, basada en el determinismo estricto de la constitución orgánica, fisica y psíquica (“factores endógenos”) y de las condiciones del medio de vida, medio físico o medio social (factores exógenos);
. la clínica criminológica, que estudia las manifestaciones mórbidas en el delincuente para determinar la peligrosidad que pueda tener para la sociedad;
. y la terapéutica criminal, que, basada en la teoría de la “defensa social” contra los delincuentes, supone una intervención que apunte a proteger a la sociedad de las acciones mórbidas del delincuente y a tratar a éste, en vez de castigarlo por aquello de lo que en realidad no es responsable.
No obstante, el estudio verdaderamente específico de los delincuentes “debe ser, para Ingenieros, el de sus anomalías psicológicas”, y no el de sus caracteres morfológicos (Ingenieros 1902:10). De esta manera, la psicopatología es planteada como el tronco común de una clínica criminológica, que estudia al delincuente, y de una clínica psiquiátrica, que estudia a los alienados, ambos “anormales”, pero con caracteres fisiopsíquicos específicos.
Por otra parte, Ingenieros (1908) plantea una diferencia en la desviación moral: el delito natural y el delito legal. Uno y otro, en tanto formas de desviación, son vistas como patologías en sentido natural, con respecto a las normas morales vigentes en una sociedad dada. Si bien estas normas pueden cambiar con el tiempo y según los pueblos, y, en consecuencia, al no haber valores morales absolutos tampoco hay conceptos fijos de lo que es la desviación y el delito, obedecen según Ingenieros a un determinismo social. En la lucha por la vida, el individuo no puede usar cualquier medio para lograr sobrevivir, sino aquellos que son aceptados por la moral instituida a partir del criterio moral medio que sanciona lo bueno o lo malo, lo honesto o lo delictivo para cada sociedad. Intentar sobrevivir sobrepasando ese criterio supone un acto regresivo, y excepcionalmente un acto adelantado que muestra lo que después se aceptará, pero siempre un acto que se aleja de la normalidad social. Mientras el delito legal es el reconocido como tal por las leyes, el delito natural tiene como ámbito propio la "mala vida"[8]. Esta "zona intermedia", poblada por "los antisociales" de los cuales surgen los "delincuentes legales", constituye la frontera del delito. Los estudios de psicopatología pueden iluminar, dice Ingenieros, aspectos de estos anormales, más allá de los clásicos cuadros y tipos que puede establecer en la psicopatología criminal para los delincuentes legales.
Pedro Dorado propone, en consonacia con estos planteos, que la tradicional distinción entre imputabilidad e inimputabilidad debe dejarse de lado, ya que todos los delincuentes adultos, menores y locos, necesitan tratamiento. Si bien hasta entonces se acepta la distinción entre el delincuente adulto responsable de sus actos, los menores y los alienados inimputables, sobre los cuales se interviene con penas propiamente dicha, con medidas de protección y educación, y con tratamientos, respectivamente, Dorado sostiene que todos los delincuentes, mayores o menores, los llamados normales o no, necesitan tratamiento. La pena retributiva, basada en la idea de que el delincuente es responsable de lo que ha hecho y merece un castigo, constituye un sin sentido en una concepción de carácter naturalista y determinista, que según las investigaciones que se vienen realizando en antropología y sociología criminales muestran, bajo la forma de una “evidencia”, que el delito “es un lazo muy complejo, resultado inevitable de factores innumerables” (Dorado 1902:64) y que el delincuente, más que la causa del delito, es sólo una víctima de la resultante de estas influencias. Por lo tanto, la única intervención coherente que se impone es la de un tratamiento que “luche contra las causas que engendran la criminalidad” [aquí cabe pensar en una acción desde políticas sociales más amplias, aunque no mencionadas explícitamente por el autor] y que “defienda y proteja a los delincuentes contra su acción al medio” (ídem).
De esta forma la criminlogía debe dar lugar a una pedagogía correccional o patología pedagógica, que tenga como fin realizar una intervención educadora para lograr que cada individuo "mejore lo máximo posible". En otras palabras, que cada individuo se adapte lo mejor posible al modelo racional de sociedad que el país buscaba encarnar. De esta manera se extiende la función tutelar del estado y el proyecto educativo homogeneizador de la pedagogía normalista se convierte en el parámetro cultural y social para medir toda conducta dentro de la sociedad.
A la inversa de los criterios que se dicuten hoy en día, a raíz de la delincuencia juvenil asociados a la realidad social y económica de los países periféricos, sometidos a las políticas de globalización económica, Pedro Dorado propone tomar como modelo la concepción legal del menor delincuente para entender al adulto delincuente, y aumentar progresivamente la edad que demarca la responsabilidad legal hasta que ésta no sea necesaria, porque todos los seres humanos que delinquen serán tratados a partir de una intervención pedagógica y no punitoria.
En los trabajos sobre criminlogía infantil, las explicaciones se mueven en forma confusa entre condicionamientos de carácter constitucional (entre los cuales se incluyen tanto lo orgánico como lo psicológico con sus inclinaciones) y un reconocimiento inevitable del peso del medio ambiente. Ya las dos primeras tesis doctorales mencionadas sobre el tema, le dedican a uno y otro plano marcados tratamientos, inclinando la balanza aparentemente hacia el peso del medio social y familiar. Sin embargo, un argumento allí presentado y que se vuelve a repetir tal cual casi dos décadas después (Arenaza 1919), es que no todos los pobres marginales, no todos los que viven en esos ambientes que constituyen medios que estimulan el camino de la delincuencia como un sino, terminan siendo delincuentes. Entonces, la diferencia va a ser buscada en lo constitucional. No obstante, las características del medio (la familia que no cumple su función, nula o poca influencia de la escuela, la calle) no dejan de considerarse, ya que la "delincuencia precoz" sólo abarca niños y adolescentes provenientes de ese ámbito de "la mala vida".
En esta matriz de ideas, y desde la mirada típica del educador-pedagogo, Víctor Mercante concibe las desviaciones con respecto a la norma desde la centralidad de la acción escolar ya analizadas. En los “estudios descriptivos” que realiza sobre varios casos de jóvenes delincuentes, distingue diversos factores: la herencia abarca la raza, el temperamento, las tendencias, los estigmas (físicos y psicológicos); por otro lado se encuentra un factor físico (la influencia del clima), el factor doméstico, el factor social y el factor escolar, entre los cuales destaca a este último. La mirada sesgada desde la normalidad que construye, naturaliza y universaliza la realidad escolar lo conduce a evaluar la capacidad de influencia escolar que permite la herencia y los otros factores.
“Mis notas serán, en lo sucesivo, descriptivas de tipos o de conjuntos, estudiando los factores que determinan la conducta. Tengo dos campos de exploración: la cárcel y la escuela”. (Mercante 1902a: 36).
Estos dos campos de exploración concentran el estudio de las desviaciones, pero el de la escuela brinda además la experiencia de lo que definirá la normalidad del niño en general. Desde esta visibilidad del niño-alumno, en la cual permanecen invisibles los niños marginados del sistema educativo, formula la necesidad de emprender estudios sistemáticos sobre la niñez desde el “ámbito natural de la escuela”.
“Un estudio metódico del niño nunca se ha hecho. La escuela, terreno apropiado para observar, sólo ha iniciado tabajos de carácter didáctico, buscando elementos con que fundar un procedimiento para instruir, no para formar aptitudes morales. Ninguna escuela posee gabinetes bien montados, ni registros, ni personal preparado para dar cima a una obra que consideramos de trascendental importancia para conocer al hombre, a punto de prevenirnos contra los peligros cuyos síntomas se muestran desde los primeros años, anunciando, por consiguiente, con mucha anticipación, los sucesos en que va a ser protagonista ese niño que hoy confundimos en el aula con cuarenta más, sin llamarnos mayormente la atención.”(Mercante 1902a:35)
José Ingenieros, en 1908, desde una mirada criminológica que articula los puntos de vista sociológico y psicológico, analiza la relación entre la niñez abandonada y el trabajo infantil (toma el caso de los niños vendedores de diarios) y la delincuencia precoz. Estudia esta relación a través de observaciones directa y encuestas de estos pequeños vendedores porteños y adultos encarcelados ex –niños vendedores, caídos en el vagabundaje o la delincuencia. Ingenieros postula que el acceso temprano del niño a los “vicios y males de la calle”asociados al factor nocturno o “nocturnidad” del trabajo en sí los expone a una precocidad de diferentes órdenes de la llamada “mala vida” en Buenos Aires: 1) acceso a una temprana sexualidad; 2) inicio en las adicciones, sobre todo el alcohol; 3) la integración al mundo delictivo, formando parte de los auxiliares del delito. Según Ingenieros, el niño asimila rápidamente las habilidades delictivas de los delincuentes profesionales, hurtos callejeros ocasionales, formas violentas de asalto, degradaciones morales, prostitución, y atentados contra la integridad física de las víctimas. Este análisis comparativo de las historias de vida de los actuales venderos de diarios y de los ex vendedores lo lleva a pronosticar que el noventa porciento de los pequeños diarieros terminarán en vagancia y criminalidad. Para Ingenieros el medio es la causa del aumento de esta delincuencia, relativizando lo que llama el factor endógeno de la personalidad, porque el medio –la educación- ejerce una acción determinante sobre toda herencia supuestamente mórbida. “Puede afirmarse que la existencia de un ambiente infantil estrechamente vinculado con la vagancia y la delincuencia, es la condición para pervertir a los niños que entran en él, haciendo germinar la más pequeña larva antisocial que pudiera existir en su psiquis, a la vez que ahogar otros sentimientos altamente sociales capaces de alcanzar capaces gran desarrollo en otro medio”. (Ingenieros 1908:341)
Concluye afirmando que la supresión de esta faceta del trabajo infantil resulta indispensable para reducir el acceso temprano a la delincuencia del niño en la medida que el niño siga un curso esperable de evolución social y mental a través de los ámbitos educativos. Pero por otra parte exige que se implemente una legislación protectora del trabajo infantil que lo limite al máximo y lo reglamente siguiendo los estrictos criterios de la higiene social. A su vez, esta legislación debe integrarse a una mayor que proteja los derechos de los trabajadores y forme parte plan de reformas del estado capitalista que mejore los medios necesarios para el bienestar de la familia. Así es como Ingenieros al abordar la delincuencia precoz, pone de relieve la figura del niño explotado y del niño abandonado en relación con los graves problemas sociales de la situación en la que se encuentran.
En comparación con la postura de Mercante, Ingenieros descentra el abordaje del niño en relación con la norma escolar, y elabora una aproximación que tiene en cuenta lo socio-político en sentido amplio como determinante de la delincuencia. A la vez, ve una parte de la población infantil que marginada del sistema educativo, construye sus propias normas de sobrevivencia y adaptación. El medio desde el cual estas normas se definen resulta totalmente diferente al medio escolar: la calle, la noche, el desamparo, la violencia, los medios “ilegales” de supervivencia adquieren aquí el estatus de medios indispensables para la lucha por la vida, y definen así otro tipo de término medio y otro tipo de desviación.
Si tenemos en cuenta que recién después de 1916, durante el primer gobierno radical de Hipólito Yrigoyen, tres cuartas partes de la población infantil accede al sistema educativo, la operación de construcción de la norma evolutiva a partir de la población escolar y su utilización para “medir” y “clasificar” el gran porcentaje de niños que no acceden a la escolarización y que no se los tiene en cuenta en la determinación del promedio estadístico, muestra el sesgo ideológico de esta operación. Ingenieros elabora una aproximación alternativa al abordar un segmento de población infantil no escolarizada, que tiene sus propias normas sin las cuales no podría sobrevivir. Pero también apunta a la formulación de vías de solución desde un proyecto de estado moderno que proteja el trabajo infantil y a las familias desposeídas desde la legislación y desde políticas sociales.
Del "educar castigando" al "reformar educando".
Las formas de intervenir en los problemas de la delincuencia infantil no pueden separarse de las forma de plantearlos y de construir sus interpretaciones (darles forma y sentido). Por otro lado, en estos procesos constructivos las intervenciones en tanto prácticas que se llevan a cabo en diferentes ámbitos introducen aspectos heterogéneos, no siempre coherentes, y consolidadores de representaciones vigentes del "sentido común". Por eso, las relaciones entre los discursos y las prácticas no son indagadas en tanto la búsqueda de la aplicación directa de teorías, ni como los discursos teóricos que subyacen a las prácticas. Resulta más fructífero explorar las relaciones abiertas y cruzadas, las irrupciones y las mutuas modificaciones, no deducibles en ningún sentido, destacando a la vez la irreductibilidad de las mismas.
Las acciones que se realizan para resolver estos problemas específicos se dan en campos diferentes. Desde el punto de vista del derecho promulgado, el Código Penal de 1886, sostine en el artículo 81 inciso 2º que los menores de 10 años están exentos de pena. La ley presume juris et jure que a esa edad no existe discernimiento en el niño. El inciso 3º del mismo artículo dice: "Quedan exentos de pena: los mayores de 10 años y menores de 15 a no ser que hayan obrado con discernimiento". Como el juez tiene que decidir si ha obrado con discernimiento o no para declararle culpable, debe indagar y apoyarse en informaciones confiables antes de establecer una conclusión fundamentada. El problema del discernimiento no es, por otra parte, una cuestión menor, ya que dentro del marco naturalista determinista de pensamiento que se extiende por estos años, el libre albedrío y la responsabilidad terminarán constituyendo categorías metafísicas incompatibles con la "nueva concepción científica" de la moral y el derecho. El mismo Código, mientras tanto, asigna para la responsabilidad penal la misma edad que para la civil, 18 años[9].
En la represión y prevención de la delincuencia infantil se unen indisolublemnte los aparatos represivos y normalizadores, que buscan individualizar y separar a los elementos disgregadores del orden social proyectado, al mismo tiempo que regenerarlos por medio de una acción educadora. Como señala B. Ruibal (1993:41) , "la cárcel en sus distintas variantes constituía un espacio de exclusión y encierro para aplicar en él diferentes terapias de recuperación". Si bien, como ya se señaló, el orden de lo constitucional (orgánico y psicológico) y la influencia del medio, son ambos componentes infaltables en toda explicación del delito, en el caso de los menores delincuentes aparece un mayor optimismo con respecto a la posibilidad de la regeneración. Por un lado, las tendencias innatas pueden ser "encauzadas" por medio de la educación. Se interpreta que en los niños éstas todavía no han adquirido sus cauces definitivos, como sí ocurre en general con los delincuentes profesionales adultos. Por lo tanto, se abre un margen para la acción reeducadora (regeneradora) que corrija la desviación establecida. Por otro lado, la misma naturaleza moldeable del niño y su espíritu de imitación, acentúa el peso de la acción del medio ambiente en el logro de la prevención y corrección de la delincuencia precoz. De ahí la unificación de la intervención sobre los niños delincuentes y los niños abandonados, que viven "la mala vida" de las calles, debido a las condiciones de miseria en la que se encuentran sus familias y, principalmente, por falta de cumplimiento por parte de éstas de las funciones moralizadoras fundamentales que les corresponden. Los diversos aspectos de este problema se visualizan a través de la creación de distintos tipos de instituciones ocupadas del menor (asilos, colonias agrícolas, institutos correccionales, Patronato de la Infancia y otras organizaciones "populares" no gubernamentales creadas para proteger y educar la infancia[10]) y a través de las cuestiones legales en torno a la asunción por parte del estado de la patria potestad de los niños desamparados física y moralmente[11].
La niñez desamparada y la niñez delincuente reciben un tratamiento similar en las instituciones públicas que intentan ocuparse de ellas. Si el objetivo principal es sustituir el medio ambiente de la calle por otro que cumpla las funciones que deberían cumplir la familia bien constituida y la escuela, los institutos de menores ejercerán una educación entendida como "regeneración", en tanto un camino evolutivo "desviado" ya ha comenzado a formarse. Si bien las ideas sobre pena, castigo y educación aparecen vinculadas no siempre de una forma unívoca, desde la primera tesis sobre el tema en 1990 (Meléndez) hasta las manifestaciones de Levellier en 1910 y de Ingenieros en 1911 (al aludir al Congreso Penitenciario Internacional realizado en Washington en 1910[12]), se observa una orientación cada vez más definida hacia una educación regenerativa del menor desvalido que excluya la consideración del castigo en tanto pena, aunque sí mantiene el castigo en tanto forma de disciplinamiento como lo tiene también la educación escolar o familiar. "Castigar educando" (Meléndez 1900:9) se tranforma en "reformar educando" (Ingenieros 1916).
Los primeros trabajos sobre la problemática de la criminología infantil muestran la reflexión del discurso positivista, naturalista y evolucionista, desde una doble perspectiva: por un lado, la delincuencia se piensa como una de las dificultades de la implementación del proyecto de un estado moderno en la Argentina y a la vez como una de sus consecuencias; y por otro, se piensa en cómo llevar a cabo una intervención eficaz, fundada en un conocimiento racional de los fenómenos. De ahí que se articulen a la vez categorías interpretativas de un marco teórico evolucionista y determinista, y de un marco ideológico-político, que ven la delincuencia, y los conflictos y problemas sociales en general, como patologías sociales e individuales, como desviaciones del desarrollo esperado, tomado como normal. La delincuencia infantil y juvenil constituye, en este contexto, un problema de carácter público, ya que afecta a una sociedad en crecimiento, en tanto efecto no deseado del proceso de modernización. La definición de toda intervención posible (prevención y tratamiento-rehabilitación) en los fenómenos delictivos como una práctica esencialmente pedagógica, tiene sentido en relación a un esquema que ve como desviaciones “anormales” tanto a las faltas de disciplina en el ámbito escolar como al delito desde la norma legal. Al mismo tiempo Ingenieros y Dorado muestran la necesidad de una intervención estatal desde políticas sociales que actúen para evitar el desarrollo de situaciones de marginalidad y legislaciones que protejan al delincuente, en vez de penarlo, ya que sus actos están determinados necesariamente por las condiciones de vida que las mismas políticas gubernamentales favorecen.
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[2] Usamos en este trabajo la distinción realizada por Kurt Danziger (1984) en la historia de la psicología, entre el análisis de una "problemática", siempre de carácter más general, que supone intereses colectivos y la actividad constructiva social, y el análisis de "problemas", de carácter más individual y que pueden asociarse a autores considerados individualmente, los cuales cobran sentido dentro de la problemática más amplia en la que son planteados. Cfr. también Talak (1998ª).
[3] Entre estas se pueden señalar las obras de José María Ramos Mejía, Agustín Alvarez, Carlos Octavio Bunge, Francisco de Veyga, Juan A. García, José Ingenieros, Horacio Piñero, Rodolfo Rivarola, Víctor Mercante, Rodolfo Senet, Marcos Victoria, entre otros, abocados a problemas muy diversos. Cfr. Terán (1986, 1987), Vezzetti (1988), Ricaute Soler (1968), Nro.173 de Todo es Historia.
[4] En la Universidad de La Plata se desarrolla un aspecto de la psicología ausente en el ámbito académico de Buenos Aires: la "psicopedagogía". La psicopedagogía es definida por Víctor Mercante como “una psicología con fines didácticos” (Mercante 1915:384). Recibe también diferentes denominaciones, tales como “psicología pedagógica”, “paidología” (estudio científico de la psicología del niño en tanto escolar) o “psicología de la adolescencia” (en la cual se toman como referentes especialmente los trabajos de Stanley Hall en Estados Unidos). Mercante define la psicopedagía fundamentalmente como una disciplina de carácter aplicado. Considera que la psicopedagogía comenzó como aplicación práctica al campo de la educación de los resultados de la psicología experimental, y que se constituyó en un campo con una identidad propia cuando los problemas pedagógicos comenzaron a orientar las investigaciones. Cfr. Talak (1998), El nacimiento de la psicología en la Argentina como disciplina académica. Informe final. Beca de Iniciación. CONICET. Véase en la tercera parte: "La enseñanza de la psicología en la Universidad de La Plata"; y Dagfal 1996.
[5] Pedro Meléndez, sobrino del prestigioso alienista argentino Lucio Meléndez, uno de los principales constructores del dispositivo psiquiátrico argentino: en la creación del Hospicio de las Mercedes, actual Hospital Borda, y desde la cátedra de Enfermedades Mentales de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad de Buenos Aires.
[6] Por ejemplo, ya en los Congresos de Antropología Criminal de Roma, París, Bruselas, Ginebra , Amsterdan, Turín (1911) se debaten temas referentes a la criminología infantil. (Senet 1911, prefacio).
[7] Cfr. el análisis de la noción de "lo normal" en Canguilhem (1974).
[8] Cfr. los trabajos de Julio César Ríos (1998) "José Ingenieros, psicología y mala vida", y el de Beatriz Celina Ruibal (1993), Ideología del control social Buenos Aires 1880-1920. Este último, sin embargo, interpreta erróneamente "la mala vida" como un ámbito que se encuentra "entre lo normal y lo anormal", sin ser uno ni lo otro (p.11). Esta interpretación es inadmisible a la luz de las categorías interpretativas no sólo de Ingenieros ("el delito -más allá de la distinción entre natural o legal- es un medio anormal en la lucha por la vida"), sino de los pensadores positivistas en general de la época, tal como se viene mostrando.
[9] En 1893 se crea el Depósito 24 de Noviembre para alojar a los sospechosos de delitos, en tanto el Departamento Central de Policía queda para los contrventores y detenidos preventivamente. Es éste último, mientras se instruye el sumario, los menores permanecen con los detenidos adultos. Las penas (art.54 del Codigo Penal) pueden ser prisión, penitenciaría y presidio, de las cuales sólo la primera puede ser aplicada a los menores. La Prisión Nacional (antes Asilo de Reforma de menores varones y Cárcel de Encausados) contiene pabellones separados para menores y adultos.
[10] Véase el trabajo de S. Carli (1991) "Infancia y Sociedad: La mediación de las asociaciones, centros y sociedades populares de educación".
[11] El Director de la Prisión Nacional (José Luis Duffy) propuso al Poder Ejecutivo que, para evitar la recaída del menor en el mismo ambiente, se retirara a los padres la patria potestad cuando éstos fueran indignos o inhábiles, y que se remitiera a los menores a la Colonia de Reforma de Marcos Paz, hasta los 18 años. El Ministro Joaquín V. González, durante la presidencia de Quintana (1904-1906), así lo dispone a través del decreto del 31 de agosto de 1905. En agosto de 1906, la Cámara de Apelaciones resuelve que el decreto no está autorizado por ley, ya que el artículo 363 del Código de Procedimientos establece que la libertad de las personas, salvo en caso de pena sentenciada, sólo puede restringirse con el carácter de detención o prisión preventiva. Recién 1919, con la sanción de la Ley del Patronato, se estipulan claramente las causas de pérdida de la patria potestad: abandono o exposición de los hijos, colocación de los mismos en peligro moral o material, por delincuencia, por tratar a los hijos con excesiva dureza, por ebriedad consuetudinaria o inconducta notoria. En estos casos, los menores quedan bajo patronado del estado nacional o provincial.
[12] Ingenieros menciona que en este Congreso hubo una sección dedicada a los menores, en la cual se establece un criterio de distinción sustancial entre el adulto y el niño: las faltas o delitos de éste último no permiten calificarlo de criminal. El menor en esta situación no puede ser "penado", sino "corregido, educado y reformado" (ingenieros 1916:387-8).